OBJETO: La Municipalidad de San Salvador Entre Ríos convoca a LICITACION PUBLICA para la provisión de UN HIDROELEVADOR DE ARRASTRE con las siguientes especificaciones y características técnicas:
- Alcance horizontal máximo: 5,6 m
- Altura de trabajo: 13 metros
- Altura de traslado: 2,7 m
- Capacidad de barquilla: 175 kg
- Dimensiones de barquilla: 610 x 610 x 1070 mm
- Rotación: 360º continua infinita
- Bomba manual de emergencia
- Sistema de parada de emergencia en mandos inferiores y superiores
- Barquilla montada de lado para una persona
- Dispositivo contra accionamiento involuntario en barquilla
- Sistema automático de nivelación de barquilla por cadenas
- Giro de columna a través de rodamiento y caja reductora
- Indicador de nivel y temperatura de aceite hidráulico
- Punto de lectura de presión del sistema hidráulico
- Pernos de articulación con bujes autolubricados
- Mangueras y sistema de nivelación en el interior de los brazos
- Motor a gasolina con arranque eléctrico
- Cuatro estabilizadores radiales de accionamiento hidráulico
- Luces y paragolpes reglamentarios
- Sistema eléctrico de emergencia con accionamiento desde base y barquilla
- Control de una sola mano en barquilla (Joystick)
PRESUPUESTO OFICIAL: El Presupuesto Oficial para la compra del HIDROELEVADOR, objeto del presente, queda establecido en la suma de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA MIL ($ 950.000-)
VALOR DE LOS PLIEGOS: El valor del presente pliego se fija en la suma pesos un mil ($1.000-) y podrá comprarse en el Departamento de Compras y Suministros, sito en la planta baja del Edificio Municipal. También podrá comprarse mediante depósito en cuenta corriente Nº 1973 abierta en el Nuevo Banco de Entre Ríos sucursal San Salvador (Entre Ríos) o mediante transferencia a la cuenta de referencia, de la titularidad de la Municipalidad de San Salvador Provincia de Entre Ríos, CBU 3860016401000000197374, CUIT 33-99904393-9
Los pliegos podrán consultarse en el sitio web www.sansalvadorer.gov.ar y los ejemplares allí obtenidos serán aceptados como válidos en la oferta solo si son acompañados del recibo de compra o constancia del depósito o transferencia.
COMPUTO DE LOS PLAZOS: Todos los plazos establecidos en el presente pliego se computarán en días hábiles.
PRESENTACIÓN DE LA OFERTA: Las ofertas se presentarán en la Mesa de Entradas de la Municipalidad de San Salvador (Entre Ríos) sita en calle Urquiza 104 en jornadas hábiles administrativas en el horario de 7:00 a 12:00 y hasta media hora antes del momento previsto para el inicio de la apertura de sobres. No se tomarán en cuenta las ofertas recibidas con posterioridad a este último término.
Las ofertas podrán remitirse vía postal sin identificar al oferente, corriendo por cuenta del mismo la responsabilidad por pérdidas, extravíos o demoras. Las ofertas se enumerarán según el orden de la recepción.
Las ofertas se redactarán en idioma nacional y se presentarán por duplicado en caja o sobre que se entregará perfectamente cerrado, sin membretes con la sola identificación de la licitación, debiendo llevar la siguiente inscripción: “Licitación Pública Nº 04/2018 COMPRA DE UN HIDROELEVADOR DE ARRASTRE”.
El recaudo de la presentación por duplicado regirá también para toda la documentación, debiendo identificarse original y duplicado. Tanto la oferta como la documentación adjunta se presentarán firmadas en todos sus folios, ordenada y con indicación de número de folio en todas las hojas, en forma correlativa desde el inicio hasta el final de la presentación.
Todos los importes deberán expresarse en pesos. Las raspaduras, interlíneas, sobreimpresos y testaciones deberán ser debidamente salvadas.
APERTURA DE LAS OFERTAS: Las ofertas serán abiertas en acto público en el Departamento de Compras y Suministros de la Municipalidad de San Salvador, sito en la Planta Baja del Palacio Municipal, calle Urquiza 104, San Salvador (E.R.) el día 27 de julio de 2018 (27-07-2018) a las 11:00 horas.
En el día hábil inmediato siguiente al de la apertura, en el Departamento Compras y Suministros, las ofertas serán puestas a disposición de los oferentes para que puedan examinarlas.
Si el día señalado para la apertura fuera inhábil, el acto se cumplirá el primer día hábil inmediato siguiente en lugar y hora previstos.
DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL LLAMADO A LICITACIÓN: Decreto de Convocatoria Nº 331/18,
Pliego de Condiciones Generales y de Especificaciones Técnicas Particulares, comprobante que acredite la compra de esta documentación y contestaciones a consultas recibidas durante el período previo al de la apertura.
MARCO JURÍDICO: La presente licitación se regirá por el Pliego de Condiciones Generales y de Especificaciones Técnicas Particulares, el Decreto de llamado Nº 331/18, normativa municipal de contrataciones T.O. s/Ordenanza Nº 1334/16, Ley Provincial Nº 10.027 y modificatorias y la Ley de Contabilidad de la Provincia de Entre Ríos Nº 5.140.
CONDICIONES DE LOS OFERENTES, CAPACIDADES Y REQUISITOS MÍNIMOS: Podrán concurrir a
la presente licitación todas las personas, entidades cooperativas, agrupaciones constituidas conforme legislación civil y comercial y la ley de sociedades comerciales y entidades con capacidad de obligarse en relación al objeto de esta licitación.
IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES: No podrán concurrir a la presente licitación:
- Los inhabilitados por condena
- Los quebrados y concursados, mientras no obtengan su rehabilitación.
- Los que tengan deudas exigibles con la Municipalidad de San Salvador Entre Ríos, salvo que presten expresa conformidad para que el monto de las mismas le sea retenido.
- Las sociedades o empresas que hubieren sido sancionadas con caducidades en el ámbito provincial en los 10 años precedentes al llamado a esta licitación.
En caso de incurrir en alguna de las situaciones detalladas se procederá al rechazo de la presentación con la pérdida de la garantía de oferta.
GARANTÍA DE LA OFERTA, FORMA Y MONTO: La garantía de la oferta deberá constituirse por el monto equivalente al uno por ciento (1%) del valor del Presupuesto Oficial por el plazo establecido en quince (15) días para el mantenimiento de la oferta y formalizada mediante cualquiera de las siguientes modalidades:
- Dinero efectivo depositado en la Tesorería de la Municipalidad de San Salvador Entre Ríos o acreditado en la cuenta corriente Nº 1973 abierta en el Nuevo Banco de Entre Ríos Sucursal San Salvador (ER), CBU 3860016401000000197374 CUIT 33-99904393-9
- Fianza o aval bancario a satisfacción de la Municipalidad de San Salvador Entre Ríos: A tal efecto el oferente, presentará conjuntamente con la oferta una carta fianza mediante la cual una institución bancaria se constituye en fiadora solidaria, lisa, llana y principal pagadora de las obligaciones asumidas por el oferente, renunciando al beneficio de la división y excusión; constituyendo domicilio legal en la ciudad de San Salvador Ríos y sometiéndose a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de San Salvador Entre Ríos.
- Seguro de Caución con las mismas condiciones previstas en el párrafo anterior, extendido por Compañía reconocida por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Tratándose de seguros de caución se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- a) Instituir a la Municipalidad de San Salvador Ríos como “Asegurado”.
- b)Si se produjere la liquidación administrativa de la Entidad Aseguradora se contratará un nuevo seguro dentro de las 48
GARANTIA DE CONTRATO: La garantía de Oferta será aumentada al CINCO POR CIENTO (5%) del monto adjudicado.
PLAZO DE LA ENTREGA: El plazo de la entrega del bien, objeto del presente llamado, no podrá exceder los treinta días contados desde la adjudicación. No obstante, la inmediatez en la entrega, computará especialmente a los fines de la elección del adjudicatario.
MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: Los oferentes se obligan a mantener sus ofertas por el término de quince (15) días contados desde la fecha de la apertura de ofertas.
DOCUMENTACIÓN A INCORPORAR CON LA OFERTA:
- Datos de Identificación del Oferente: Nombre, razón social o denominación, domicilio real, CUIT, teléfono, dirección de correo electrónico, fijando domicilio a los fines legales en la ciudad de San Salvador Ríos. En caso de figuras asociativas, se debe consignar en primer lugar la figura asociativa adoptada y seguidamente consignar la identificación de los miembros componentes. En caso de representaciones, acreditar personería.
- Copia certificada del contrato y/o estatuto social de la sociedad debidamente inscripto en el Registro correspondiente. En caso de figuras asociativas, se deberán acompañar los instrumentos constitutivos con todas las partes que la conforman y compromiso escrito con firma certificada que exprese la voluntad de constituir la asociación.
- En el caso de figuras asociativas, deberá darse cumplimiento a los recaudos contenidos en el Código Civil y Comercial Argentino En el contrato de asociación deberá constar expresamente la responsabilidad solidaria e ilimitada de sus integrantes frente a las obligaciones contraídas por el representante, con renuncia a los beneficios de excusión y división.
- Designación de una dirección de correo electrónico a los efectos de practicar las notificaciones.
- Recibo de compra del Pliego o constancia bancaria que acredite el pago por la adquisición del mismo.
- Pliegos de Bases y Condiciones Generales y de Especificaciones Técnicas Particulares, circulares aclaratorias, documentación foliada y firmada en todas sus fojas.
- Garantía de la oferta constituida por el importe y la modalidad prevista en la cláusula respectiva.
- Declaraciones juradas expresando sometimiento a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la ciudad de San Salvador y renuncia a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, para entender en toda cuestión que se suscite con motivo de esta licitación.
- Declaración jurada manifestando no estar inhibido para contratar con el Estado.
- Comprobantes de obligaciones fiscales y previsionales, constancias de inscripción ante los organismos correspondientes de los impuestos y gravámenes nacionales, provinciales y municipales.
- Certificado Fiscal para contratar, extendido por AFIP.
- En el caso de figuras asociativas la documentación fiscal y previsional a presentar en la oferta deberá ser la correspondiente a todos los integrantes de la asociación propuesta.
- Oferta económica: consistirá en la cotización del objeto de la presente licitación. La cotización deberá realizarse en pesos, IVA incluido, por ser la Municipalidad de San Salvador Entre Ríos sujeto exento en el gravamen.
FALSEAMIENTO DE DATOS: El falseamiento de datos determinará la inmediata exclusión del oferente, con pérdida de la garantía constituida si correspondiere. Si la falsedad fuera advertida con posterioridad a la adjudicación y/o contratación, será causal suficiente para dejar sin efecto la misma o rescindir el contrato por causa imputable al contratista, sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieran derivar de tal circunstancia.
EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS: La documentación contenida en el sobre será analizada por la Comisión Evaluadora de Ofertas (Ordenanza Nº 1215/14), que emitirá un informe sobre la evaluación y selección de las ofertas, aconsejando la adjudicación de la más conveniente. Serán motivo de rechazo las ofertas que se aparten de los pliegos de esta licitación, las formuladas por quienes no reúnan los requisitos y capacidades previstos, las que no corrijan los defectos u omisiones o no respondan los informes o las solicitudes que se les formulen dentro de los plazos que se acuerden. El rechazo de las ofertas no da derecho a reclamo del oferente.
ADJUDICACIÓN: La adjudicación se hará a la oferta más conveniente entre aquellas que se ajusten a las condiciones y especificaciones de la licitación. La Municipalidad de San Salvador tendrá en cuenta la incidencia y análisis de todos los requisitos exigidos en la presentación.
El menor precio no será factor exclusivamente determinante de la decisión.
La circunstancia de haberse presentado una sola oferta, no impedirá la adjudicación si se la considera conveniente. En aquellos casos que dos o más ofertas resulten igualmente conve- nientes se llamará a mejora de precios entre oferentes en paridad de condiciones, dentro del plazo de mantenimiento de las ofertas.
La Municipalidad podrá rechazar todas las propuestas mediante decisión suficientemente fundada, sin que ello cree derecho a favor de los proponentes.
Si antes de resolver la adjudicación, dentro del plazo de mantenimiento de la oferta, ésta fuera retirada sin el consentimiento de la Municipalidad, el oferente perderá el depósito de garantía.
La notificación de la adjudicación será diligenciada dentro del plazo de mantenimiento de la propuesta a la dirección de correo electrónico designada, dejando constancia del cumplimiento de esta formalidad en el expediente. La adjudicación se tendrá por notificada desde el día siguiente en que se practique esta diligencia.
DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA: Las garantías de oferta de los oferentes que no resultaren adjudicatarios, serán devueltas una vez resuelta la adjudicación. Si antes de resolverse la adjudicación y dentro del plazo de mantenimiento de oferta, estas fueran retiradas, el oferente perderá el depósito de garantía de oferta.
La garantía de oferta de la oferta adjudicada no será devuelta, hasta su completamiento o reemplazo por la de contrato.
CONTRATO: Dentro de los quince (15) días de la notificación de la adjudicación, el oferente adjudicatario deberá integrar la garantía del contrato del cinco por ciento (5%) y queda obligado a firmar el respectivo contrato. La Municipalidad por causa justificada podrá prorrogar dichos términos. Si el adjudicatario no se presentare, no afianzare o se negare a firmar el Contrato en la forma y tiempo establecido, perderá el importe de la Garantía de la propuesta en beneficio de la Municipalidad.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO: En la ejecución del contrato el adjudicatario deberá ajustarse estrictamente a los términos y condiciones del mismo y a las instrucciones que imparta la Municipalidad, obligándose a cumplir con los plazos contenidos en la oferta adjudicada.
PAGOS: Los pagos correspondientes a la presente Licitación se realizarán contra la recepción del bien objeto de este llamado y en moneda de curso legal en la República Argentina.
RESOLUCION DEL CONTRATO: En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por el adjudicatario, previa notificación fehaciente, la Municipalidad de San Salvador podrá dar por finalizada la relación contractual. La Resolución que así lo disponga tendrá efecto desde el día que se la notifique al adjudicatario haciéndole perder la garantía de cumplimiento del contrato.
DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO CONTRATO: Verificado el cumplimiento del contrato por parte de la persona adjudicataria y, de no mediar reclamo alguno por parte de la Municipalidad, se procederá al reintegro de la garantía de cumplimiento del contrato.
CAUSAS DE LA EXTINCIÓN DE LA CONTRATACIÓN: El contrato quedará extinguido por: cumplimiento de las prestaciones, expiración del plazo, mutuo acuerdo o por razones de orden jurídico o de hecho que a juicio de la Municipalidad de San Salvador tornen imposible la continuidad de la contratación.
DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DE LOS MUNICIPIOS: De acuerdo a las prescripciones de la Ley Nº 10.027, se transcriben los siguientes artículos:
Art. 176º.- “Las Corporaciones Municipales, como personas jurídicas responden de sus obligaciones con todas sus rentas no afectadas al servicio público o en garantía de una obligación. La afectación para ser válida será previa a la acción de los acreedores y sancionadas por ordenanza”.-
Art. 177º.- “Los inmuebles de propiedad municipal afectados a uso o servicio público o destinado a esos fines por ordenanzas o leyes no se considerarán prenda de los acreedores de la corporación ni podrán ser embargados”.-
Art. 178º.- “Cuando las corporaciones municipales fueran condenadas al pago de una deuda, solo podrán ser ejecutadas en la forma ordinaria y embargada sus rentas, hasta un veinte por ciento. Por ordenanza podrá autorizarse un embargo mayor, que no podrá superar el treinta y cinco por ciento de sus rentas”.
DISPOSICIÓNES DE LA ORDENANZA Nº 1036/11:
Art. 1º: Establécese la obligatoriedad de la retención a los proveedores de la Municipalidad de San Salvador que sean adjudicatarios de Licitaciones Públicas y Privadas, del importe de la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad que corresponda a la operación realizada, en el momento de serles abonada la misma. El importe de referencia podrá ser usado como crédito fiscal imputable a la referida Tasa.-
Imagen Ilustrativa.